TEMAS 1, 2, 3 PRIMER PARCIAL ECOLOGICO
TEMA 1.
DERECHO ECOLOGICO
Ecología: Ciencia que estudia las relaciones de todos los seres vivo y las relaciones
del medio donde habitan para así poder dictar algunas normas y principios que
regulen tales relaciones.
Algunos autores consideran que la ecología es hija de
la necesidad ya que surge de la necesidad de contralar la conducta destructiva
del hombre debido a que si los recursos naturales no se conservan o estos se
acaban poniendo en riesgo la vida de futuras generaciones.
Corriente:
1.
Ecologista: Establece
que esta ciencia es una especie que busca la salvación de la humanidad ligado
al aprovechamiento racional para garantizar la existencia de estos recursos a
generaciones futuras.
2.
Eclética: Establece
que esta ciencia es como cualquier otra que su campo no transciende a otras
ciencias
3.
Anti Ecologista:
Establece que los ecólogos se oponen al progreso y que no dejan actuar al
hombre libremente.
Nota: A la ecología muchas veces se le ha confundido con la conservación,
pero la conservación es un elemento integrante de la ciencia ecológica y es uno
de los principios rectores del derecho ambiental.
Organizaciones
que se dedican a la conservación del ambiente:
Green Peace – Internacional: tiene más de 10 años
lidera la cúspide de la organización mundial. Fundación la Tortuga- Nacional.
Imparques – Gubernamental.
Existen millones de organizaciones ambientales a nivel
mundial. Todas estas surgen por que el hombre comienza a darse cuenta que los
recursos naturales son numeroso pero no son ilimitados y que si estos se acaban,
no podrá cubrir sus necesidades básicas.
Etimología de
la palabra: proviene de 2 vocablos griegos: Oikos-
cosa, logos-ciencia. Es decir, ciencia q estudia la cosa, entendiéndolo como el
lugar en que habitan todos los seres vivos, q es la tierra.
NOTA: En la época de Aristóteles y platón se pueden
encontrar algunos hechos q estaban ocurriendo frente a la naturaleza y en la
época moderna se puede mencionar a humbolt ya q el realizo una obra donde
resume los principios rectores de la ecología, que aún se mantienen en vigencia
¿Quién finalmente le da el nombre a esta ciencia? Alemán Haeckel En el año 1665 y en 1700 es
definida.
·
En el transcurso del tiempo la ecología pasa por 3 etapas:
1)
Cuando era estudiada
como parte de la botánica (solo estudiaba las plantas)
2)
Era estudiada como
parte de la botánica y de la zoología (estudiaba plantas y animales)
3)
Estudiaba el hombre,
sus orígenes y sus relaciones (antropología)
-Pero no es sino en la
década de los 60 que adquiere verdadera fuerza como ciencia.
-Se establece una
nueva definición donde la ecología estudia todas las relaciones que se dan
entre los seres vivos y en la biosfera.
·
Biosfera: capa
superficial de la tierra donde se dan las condiciones aptas para la vida.
·
Características de la ecología:
1)
Ciencia global: Abarca
todas las relaciones q se dan en la tierra entre los seres vivos.
2)
Autónoma: tiene sus
propios medios para lograr sus objetivos. Que sea autónoma no quiere decir que
sea autosuficiente, ya que esta se auxilia de otras ciencias.
3)
Multidisciplinaria:
porque se auxilia de otras ciencias para lograr sus objetivos.
4)
Estudia al hombre, su
conducta y sus relaciones.
·
Campo de aplicación.
1)
Auto ecología: Parte de la ecología
q estudia a un elemento o individuo con respecto a otro elemento o individuo.
-
Elementos abióticos:
son aquellos elementos de la naturaleza que carecen de vida. Ej: Agua, suelo,
temperatura, luz, clima, aire, etc.
-
Elementos bióticos:
son los elementos de la naturaleza q si tienen vida. Seres vivos.
Los elementos abióticos van a influir de manera
especial sobre los elementos bióticos. Ejemplo: una planta requiere de agua,
los peces requieren de agua para subsistir, el clima en los osos polares, etc.
·
Dentro de los
elementos bióticos la ecología estudia 3 tipos de relaciones:
o
Intraespecificas: se
dan entre individuos de la misma especie. También pueden darse entre individuos
de distinta especie pero solo por vía de excepción. – Atracción y – repulsión.
o
Interespecificas: se
dan entre diferentes especies. También pueden darse por vía de excepción entre individuos de la misma especie.
-
Simbiosis: cuando 2
individuos de distintas especies se unen y ambos se ayudan para subsistir. ej.:
el ave q posa sobre la vaca; mientras ella se alimenta de los piojos de la
vaca, la vaca se beneficia porque le limpia la piel.
-
Parasitismo: 2
individuos se unen pero solo uno se beneficia a costa del otro. Se da
generalmente en las plantas.
-
Alquilerismo: relación
simbiótica q se da con respecto de hábitat, cuando una especie comparte su
hábitat con otra a cambio de algo. ej.: el topo y el escarabajo.
-
Comensalismo: cuando
un animal comparte su alimento con otro. Ej: tigre que caza una cebra, el tigre
se come la carne y otros animales se comen las viseras, la piel, etc.
o
Tróficas o
alimentarias:
-variación de alimentos.
- abundancia o
carencia de alimentos.
- adaptación a la
dieta alimenticia.
- depredadores.
- Presas.
2)
Sinecologia: Estudia relaciones en grupo
·
Denecologia o Demografía:
Es la ciencia que estudia a la población
ü Población: Grupos de individuos que habitan en un lugar determinado en un momento
dado y que son capaces de reproducirse.
Caracteres de la Población:
Densidad de la Población: El número de
individuos que habitan en un lugar determinado por kilometro cuadrado.
Tasa de Natalidad: Número de individuos
que nacen en un lugar determinado por kilometro cuadrado.
Tasa de Mortalidad: Número de individuos
que mueren en un lugar determinado por kilometro cuadrado.
Tasa de Crecimiento: Número remanente
entre los que nacen y los que mueren en un lugar determinado por kilometro
cuadrado.
Ubicación y Edad.
ü Ubicación de la Población
ü Dinámica Poblacional: Es el estudio que se hace de como se traslada una población de un
lugar a otro.
ü Fitosociología: disciplina que estudia el comportamiento vegetal.
·
Biocinética: Estudia
la comunidad entendiendo esta como el grupo de individuos de diferentes
especies que habitan en un lugar determinado.
ü Biosenosis: Sinónimo de seres vivos.
ü Biomasa: Grupo o números de seres vivos.
ü Bioma: Lugares que se encuentran separados por razones climáticas y naturales.
ü Ecosistema: La interrelación de los seres vivos que habitan en un lugar
determinado y los elementos físicos y
químicos que se emplean en ese medio. Ejemplo: el mar, selva, desierto
ü Nicho ecológico: Espacio reducido donde habita una determinada especie. Ejemplo: panal
de abejas
Ciencias y
Disciplinas Ecológicas:
·
Cuando la ecología
necesita estudiar las relaciones entre los seres vivos y el medio donde habitan
utiliza:
ü Hidrología: estudia de las aguas de la
Tierra y sus distribución
ü Climatología: Estudia el clima y el tiempo.
ü Física: La ciencia que estudia las
propiedades y el comportamiento de la energía y la materia,
así como al tiempo, el espacio
ü Química: La ciencia que estudia tanto
la composición, estructura y propiedades de la materia
ü Análisis del suelo.
·
Cuando la ecología
requiere estudiar relaciones entre los individuos utiliza:
ü Taxonomía: estudia los reinos animal, vegetal, mineral.
ü Matemática: Estudia los números y los símbolos
ü Fisiología: Estudia el comportamiento de los órganos internos de los
seres vivos. Ejemplo embarazo de un elefante.
ü Comportamiento animal:
·
Cuando la ecología
requiere regulara la conducta del hombre utiliza:
ü El Derecho: Específicamente el derecho ecológico.
Recursos
Naturales: aquellos
bienes materiales y servicios que proporciona la naturaleza sin alteración por
parte del ser humano; y que son valiosos para su bienestar y desarrollo
Clasificación:
·
Recursos renovables:
Son los recursos que pueden regenerarse mediante procesos naturales, de manera
que aunque sean utilizados pueden seguir existiendo.
·
Recursos no
renovables: Son aquéllos que una vez consumidos no pueden regenerarse de forma
natural en una escala de tiempo humana.
Derecho
Ecológico: Conjunto de normas jurídicas de derecho
público que atiende a los fines de la preservación del ambiente y la
explotación racional de los recursos naturales en beneficio de la colectividad.
Características
del derecho ecológico:
·
Multidisciplinario: porque se nutre de
la diversa investigación científica y al mismo tiempo se reúne y se relaciona
con otras ramas del derecho.
·
Es de Interés público: porque el
aprovechamiento racional de los recursos naturales, que es el objetivo que
persigue este derecho, va dirigido al bienestar colectivo.
·
Es Conservacionista: va dirigido a crear
conciencia conservacionista, para garantizar los recursos a generaciones
futuras.
·
Derecho especial: Porque tiene sus
propios órganos administrativos y jurisdiccionales que atienden la materia con
especialidad. Ejemplo tribunales con competencia agraria.
·
Espacialidad Singular y Universal: El conjunto normativo que integra el derecho
ecológico tiene una característica especial (la ley penal ambiental) que es la
extraterritorialidad de dicha ley es decir que las normas que regulan el
derecho ecológico y sus normas sobrepasan las fronteras del estado de
jurisdicción, a pesar de ser una norma venezolana puede ser aplicable en el
extranjero.
·
Derecho Preventivo: ya que sus normas
están orientadas a educar a crear conciencia conservacionista para prevenir o
evitar que se produzcan daños al ambiente. Esto no implica que no sea un
derecho sancionador.
·
Técnico Científico: Debido a la
interrelación del derecho ecológico con otras ciencias vamos a encontrar que
las normas de este son muy particulares y requieren de la interacción con la
investigación científica por lo tanto su terminología y procedimientos son muy
particulares.
El derecho
ecológico como elemento protector de los ecosistemas: El derecho fundamentándose en la ecología va a velar porque el hombre
sea racional en la explotación de los recursos naturales, si el hombre necesita
explotar algún ecosistema natural debe cumplir simultáneamente con los elementos
que ayudan a conservarlos y protegerlos para así evitar daños irreversibles al
ecosistema.
Las normas para esta preservación y conservación se
van a regir por el derecho ecológico.
Relación del
derecho ecológico con otras ramas del derecho:
·
D. Administrativo:
debido a que el DA regula los intereses colectivos a través del Estado
garantizara los derechos colectivos ecológicos.
·
D. Constitucional:
porque las CRBV es fuente del derecho ecológico.
·
D. Civil: el derecho
ecológico requiere acudir al código civil para aplicar la limitación o
ejercicio de la prop. Privada, ej. las áreas de regímenes especiales a
excepción cuando la persona realiza trabajos agrícolas o pecuarios en estas
áreas que el Edo no puede limitarlo.
·
D. Penal: debido a q
este es el único capaz de imponer una sanción o
pena cuando la conducta preventiva del der. Ecológico escapa de sus
alcances.
·
D. Internacional:
debido a q la mayoría de las normas del d. ecológico además de tener aplicación
interna tienen vida en tratados y convenios de carácter internacional.
Fuentes del
Derecho Ecológico:
1)
Ecología: debido a q
es una ciencia q surge entre las relaciones existentes de los seres vivos y
medio donde habitan.
2)
La CRBV: por ser
frente directa del D. Ecológico establecidas en sus art 11#1, 12, 156#16, 23,
25; estableciendo en ellos la delimitación geográfica de vnzla y su soberanía
en cuanto a los recursos naturales dentro del territorio. En el art 156 CRBV se
le da el poder público la facultad de legislar en cuanto al D. ecológico.
Naturaleza
como objeto del derecho ecológico y como fuente del D. natural: entendiendo la naturaleza como todo aquello que nos rodea, y surge
espontáneamente y su existencia depende de sus propias leyes.
-
Objeto del derecho
ecológico: el bien jurídico protegido o tutelado es la naturaleza y el medio
ambiente.
-
El sujeto: es la
conducta social del hombre, como elemento regulador.
Contenido del
D. ecológico:
1.- Derecho para la protección ambiental y para
la regulación de actividades degradantes (ley org. De ambiente)
2.- D. Agrario y de
regulación y ordenación de las actividades. Del campo (ley de tierra y
desarrollo agrario)
3.- D. Minero y de
hidrocarburos (ley de minas e hidrocarburos).
4.- D. para la
ordenación del territorio y para la ordenación de los espacios naturales (ley
de ordenación del territorio).
5.- D. para la
protección de los recursos naturales renovables (ley de bosques y gestión
forestal) (ley forestal de aguas y suelo; ley de agua)
6.- D. Penal ambiental
(ley penal del ambiente)
7.- D. sobre
tribunales y procedimientos agrarios y penal del ambiente.
8.- D. para la defensa
sanitaria vegetal y animal (ley de protección a la fauna silvestre, ley de
gestión de la diversidad biológica).
Actividades
del Sector primario en la economía
venezolana: aquellas actividades
que implica la explotación directa de los recursos naturales. Ej: agricultura, ganadería,
pesca, silvicultura y minera.
-
La Agricultura: es la
explotación de la actividad del sector agrario, tiene sus fundamentos en la
explotación del suelo y de los productos naturales que de allí se derivan, pero
a través de ella también deteriora los recursos naturales como el paisaje para hacer el suelo más apto
para el cultivo.
También se relaciona con la agroindustria debido a que
esta procesa los alimentos para que lleguen aptos a la mano del hombre.
-
La ganadería: se
obtiene elementos necesarios la carne, la leche, etc.
-
Silvicultura: la
recolección y trabajo de la madera.
-
La pesca: la primera
actividad conocida por el hombre, la pesca es la principal fuente de alimento
en las zonas polares, en vnzla la pesca está dividida:
-
Zona oriental:
abarca desde la depresión del delta
hasta la laguna de Unare en el Edo. Anzoátegui.
-
Zona central: desde
Unare hasta chichiriviche.
-
Zona occidental: desde
falcón hasta Maracaibo.
-
La Minería: en el Edo
bolívar que es zona ferrifera donde la explotación de los recursos naturales
como el hierro predomina.
Tema #2: Problemática ecológica
Es el deterioro constante que sufre la naturaleza que
en la actualidad pone en peligro al hombre y en el futuro la existencia de la
humanidad en el planeta.
Clasificación:
1)
En sentido nacional à afecta intereses internos de un país.
2)
En sentido universalà afecta a más de dos países. Ejem: calentamiento global.
Causas de la
problemática ecológica:
1)
Aumento de la
poblaciónà a medida que aumenta la población, aumenta sus necesidades y a su vez
los problemas. A mayor población, mayor contaminación.
2)
Industrializaciónà el hombre en su afán de lucro por un lado ha utilizado los recursos
naturales y por otro lado se ha aprovechado de los avances tecnológicos y
científicos, en definitiva estas industrias lo que producen es contaminación.
Ejem: elementos no biodegradables.
3)
El desarrolloà debido al desarrollo el hombre ha devastado las extensiones de terreno
y esto ha traído consigo la desaparición de especies de animales.
4)
Los procesos
agropecuariosà se toma en cuenta las grandes extensiones de tierra que el hombre
utiliza a los fines de alimentar a la población mundial. Utilizando algunos
elementos como la tala y la quema.
5)
Los pesticidasà a consecuencia de los procesos agropecuarios se emplean pesticidas a
base de fosforo, que contaminan a largo plazo el suelo, las plantas y el agua a
través de las lluvias.
6)
Desertificación
artificialà producida por el uso reiterado de las tierras. Ejem: caso producido en
Oklahoma, EEUU.
Efectos de la
Problemática Ecológica:
1.
Contaminación del Aire: Esta es producida
generalmente por los vehículos automotores, chimeneas de las casas, industrias.
2.
Contaminación del Agua: Producida por la basura,
desechos arrojados al agua, por las aguas servidas.
3.
Contaminación del Suelo: producida
por la basura de la población, por pozos de excrementos, eses de los
animales. El problema es que esta
contaminación genera contaminación de alimentos y por ende enfermedades en los
humanos
4.
Contaminación sónica: Se produce por
sonidos superiores a 70 decibeles produciendo daños al oído medio
5.
Contaminación Mercurial: generada por
ejemplo por el uso del mercurio para la explotación del oro.
6.
Contaminación Electromagnética: producida
por los iones que emanan los aparatos electrónicos y electrodomésticos. Ejemplo
celulares, microondas.
7.
Contaminación Nuclear: producida por el uso
de materiales como uranio en la creación de armas bélicas. Ejemplo bomba de
Hiroshima durante la segunda guerra mundial.
Calentamiento
Global y efecto invernadero: ciertos gases de la
atmosfera producen el calentamiento de la tierra estos gases son conocidos como
gases invernaderos ellos permiten el paso de las radiaciones solar, que
calientan la superficie de la tierra al mismo tiempo que adsorben las
variaciones reflejadas esta absorción por parte de la atmósfera es lo que se
conoce como efecto invernadero.
Ciudades
Ecológicas: Son creadas cumpliendo con principios
ecológicos y las cuales pueden proveerse a sí misma con la mínima dependencia
de las zonas rurales que la rodean.
Características
de la Eco ciudades:
1.
Agricultura de pequeña
escala sostenida por la comunidad y en los suburbios para reducir las
distancias del transporte de los alimentos producidos.
2.
Fuentes de energía
renovables tales como aerogeneradores de energía y células solares.
3.
Variados métodos para
reducir la necesidad de utilizar aire acondicionado: aumentar las aéreas verdes
para que equivalgan al menos a un 20 % del total de la superficie urbana
4.
Sistema de transporte
público mejorado y fomento de la peatonalización para reducir las emisiones de
combustible de los automóviles.
Ejemplo de eco ciudades son: Proyecto Socio polis en
Valencia – España, Proyecto Ecuminopolis en Colombia.
TEMA # 3 – derecho ambiental
Derecho Ambiental: Está constituido por un conjunto orgánico de principios de derecho
público destinada a la preservación del ambiente en su contenido integral en
aras de la calidad de vida.
El Ambiente: Son Aquellas condiciones aptas para la vida que permiten al hombre
desarrollar en forma armónica sus necesidades vitales.
Principios del
derecho ambiental:
·
Conservación: implica el uso
racional de los recursos natural. Para
garantizar la existencia de estos.
·
Defensa: medios técnicos, procedimientos
científicos que utiliza el hombre para evitar que se degrade un
ecosistema.
·
Mejoramiento: Restaurar aquellos
ecosistemas que hayan sido dañados o deteriorados por el hombre.
Fundamentos
del derecho ambiental: Son las mismas
fuentes del derecho ecológico. Se encuentran establecidos en el artículo 11,
primer aparte del art 12, 156 Ord 16 y 25 de la constitución. 127 y 128
Características
del derecho ambiental: Son las mismas del
derecho ecológico
Nota -
diferencia entre el derecho ecológico y el derecho ambiental: El derecho ecológico y el derecho ambiental se diferencian por que el
derecho ecológico es mucho más amplio porque está constituido por un conjunto
de normas que se encuentran en diversas leyes mientras q el derecho ambiental
está constituido por un conjunto orgánico de principios, siendo este parte
integral del derecho ecológico.
Ley Orgánica
del Ambiente:
Objeto. Artículo
1. Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los
principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo
sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para
contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al
sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad. De igual forma,
establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales
a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
Gestión
del Ambiente Artículo 2. A los
efectos de la presente Ley, se entiende por gestión del ambiente el proceso
constituido por un conjunto de acciones o medidas orientadas a diagnosticar,
inventariar, restablecer, restaurar, mejorar, preservar, proteger, controlar,
vigilar y aprovechar los ecosistemas, la diversidad biológica y demás recursos
naturales y elementos del ambiente, en garantía del desarrollo sustentable.
Utilidad
pública e interés general. Artículo 5. Se declara
de utilidad pública y de interés general la gestión del ambiente.
Orden
Público Artículo 6. Las normas
previstas en esta Ley, en las leyes que la desarrollan y demás normas
ambientales, son de orden público.
Suprema
dirección de la política nacional ambiental Artículo
13. El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de
Venezuela, en Consejo de Ministros, ejerce la suprema dirección de la política
nacional ambiental.
Autoridad
nacional ambiental Artículo 18. La Autoridad Nacional Ambiental será
ejercida por el ministerio con competencia en materia ambiental como órgano
rector, responsable de formular, planificar, dirigir, ejecutar, coordinar,
controlar y evaluar las políticas, planes, programas, proyectos y actividades
estratégicas para la gestión del ambiente.
Órganos de
la defensa ambiental Artículo 21. A los
fines de la presente Ley, además de la Autoridad Nacional
Ambiental,
intervienen en la defensa un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado,
la Procuraduría General de la República, el Ministerio Público, la Defensoría
del Pueblo, la Fuerza Armada Nacional, así como los demás órganos yentes
nacionales, estadales y municipales con competencia en la materia, conforme a
las normas que rijan su funcionamiento y de acuerdo con las disposiciones
establecidas en esta Ley y las que la desarrollen.
Actividades
capaces de degradar el ambiente Artículo
80. Se consideran actividades capaces de degradar el ambiente:
1. Las que
directa o indirectamente contaminen o deterioren la atmósfera, agua, fondos
marinos, suelo y subsuelo o incidan desfavorablemente sobre las comunidades
biológicas, vegetales y animales.
2. Las que
aceleren los procesos erosivos y/o incentiven la generación de movimientos
morfodinámicos, tales como derrumbes, movimientos de tierra, cárcavas, entre
otros.
3. Las que
produzcan alteraciones nocivas del flujo natural de las aguas.
4. Las que
generen sedimentación en los cursos y depósitos de agua.
5. Las que
alteren las dinámicas físicas, químicas y biológicas de los cuerpos de agua.
6. Las que
afecten los equilibrios de los humedales.
7. Las
vinculadas con la generación, almacenamiento, transporte, disposición temporal
o final, tratamiento, importación y exportación de sustancias, materiales y
desechos peligrosos, radiactivos y sólidos.
8. Las
relacionadas con la introducción y utilización de productos o sustancias no biodegradables.
9. Las que
produzcan ruidos, vibraciones y olores molestos o nocivos.
10. Las
que contribuyan con la destrucción de la capa de ozono.
11. Las
que modifiquen el clima.
12. Las
que produzcan radiaciones ionizantes, energía térmica, energía lumínica o campos
electromagnéticos.
13. Las
que propendan a la acumulación de residuos y desechos sólidos.
14. Las
que produzcan atrofización de lagos, lagunas y embalses.
15. La
introducción de especies exóticas.
16. La
liberación de organismos vivos modificados genéticamente, derivados y productos
que lo contengan.
17. Las
que alteren las tramas tróficas, flujos de materia y energía de las comunidades
animales y vegetales.
18. Las
que afecten la sobrevivencia de especies amenazadas, vulnerables o en peligro
de extinción.
19. Las
que alteren y generen cambios negativos en los ecosistemas de especial importancia.
20.
Cualesquiera otras que puedan dañar el ambiente o incidir negativamente sobre
las comunidades biológicas, la salud humana y el bienestar colectivo.
La
afectación tolerable Artículo 83. El Estado
podrá permitir la realización de actividades capaces de degradar el ambiente,
siempre y cuando su uso sea conforme a los planes de ordenación del territorio,
sus efectos sean tolerables, generen beneficios socioeconómicos y se cumplan
las garantías, procedimientos y normas. En el instrumento de control previo se
establecerán las condiciones, limitaciones y restricciones que sean
pertinentes.
Guardería
Ambiental Artículo 100. La
guardería ambiental será ejercida por los ministerios con competencia en
materia de: Ambiente, Industrias Básicas y Minería, Infraestructura, Salud,
Agricultura y Tierra, Energía y Petróleo y por la Fuerza
Armada
Nacional, por órgano de la Guardia Nacional, y por los demás órganos y 578
entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal en el marco de sus
competencias. Igualmente ejercerán la guardería ambiental, como órganos
auxiliares, las comunidades organizadas, los consejos comunales y demás
organizaciones y asociaciones civiles con fines ambientales, de conformidad con
la presente ley y demás normativa que regule la materia.
La
Guardería que ejerce la Fuerza Armada Nacional, a través del componente
Guardia
Nacional, es realizada en calidad de órgano de policía administrativa especial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario